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	<title>Blog Créditos &#187; ejecución hipotecaria</title>
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	<description>Créditos, hipotecas y préstamos</description>
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		<title>Qué hacer si no puedes pagar la hipoteca</title>
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		<pubDate>Tue, 01 Nov 2011 01:08:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La situación del empleo y el comercio en España ha tenido una consecuencia directa en la capacidad de los hogares para pagar sus deudas, y la hipoteca ha demostrado ser el más conflictivo de los préstamos. ¿Qué debes hacer si llegas a ese punto en que no puede pagar la hipoteca? Estos son algunos consejos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La situación del empleo y el comercio </strong>en España ha tenido una consecuencia directa en la capacidad de los hogares para pagar sus deudas, y <strong>la hipoteca</strong> ha demostrado ser el más conflictivo de los préstamos. ¿Qué debes hacer si llegas a ese punto en que no puede pagar la hipoteca? <strong>Estos son algunos consejos al respecto. </strong>No se trata de medidas que requieran de un <a href="http://cursos.es/economia" target="_blank">curso de economía,</a> sino de sencillas estrategias.</p>
<p><strong>1. Planifica. </strong>Si te quedaste en el paro o has dejado de recibir un ingreso que era vital para tu presupuesto, no pierdas la calma. El primer paso es mirar a futuro, y ver qué huecos tienes por llenar y de donde puede tomar para hacerlo. La primer medida es recortar gastos superfluos y hacer acopio de los ahorros. Par estas situaciones es vital adelantarse a lo reveses, y disponer de u fondo de contingencias: lo ideal es que este fondo te permita vivir sin trabajo o ingresos por, al menos, seis meses.</p>
<p><strong>2. Obtén ingresos a partir de tu vivienda.</strong> Otra medida para afrontar un bajón en tus ingresos es destinar una parte de la casa al alquiler: una o más habitaciones. Estudiantes y trabajadores foráneos son la clientela más habitual y segura. Además, se trata de un alquiler que puedes administrar sin necesidad de intermediarios.</p>
<p><strong>3. Habla con el banco.</strong> Antes de que el desastre ocurra, habla con los ejecutivos de tu cuenta, y plantea la situación, de manera que te ofrezcan alternativas para saldar tu deuda o, de ser posible se pacte un periodo de carencia, si ya estaba contemplado en tu contrato. Nunca caigas en la morosidad, pues entonces las acciones del banco en tu contra estarán justificadas.</p>
<p><strong>4. Contacta mediadores.</strong> Si la situación no mejora y estás por caer o ya has caído en saldos vencidos, entonces debes tomar la dura decisión de vender tu piso o tu casa para saldar la deuda o una parte de ella. En este caso, lo mejor que puedes hacer es contactar a un mediador, que se dé a la tarea de buscar interesados antes de que la premura te obligue a aceptar ofertas desventajosas.</p>
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		<title>Cómo conseguir la dación en pago</title>
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		<pubDate>Tue, 01 Nov 2011 00:57:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Aunque es un recurso que todavía no está avalado por la ley (si bien se avizora su inclusión como una alternativa en el futuro de la normativa sobre crédito), la dación en pago es un recurso que al que nos podemos acoger si todas las medidas fallan y estamos por caer en la ejecución hipotecaria.
¿Qué [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Aunque es un recurso que todavía <strong>no está avalado por la ley </strong>(si bien se avizora su inclusión como una alternativa en el futuro de la normativa sobre crédito), <strong>la dación en pago</strong> es un recurso que al que nos podemos acoger si todas las medidas fallan y<strong> estamos por caer en la ejecución hipotecaria.</strong></p>
<p><strong>¿Qué es la dación en pago?</strong> Un acuerdo entre la financiera y el particular mediante el cual se acepta la entrega del inmueble como pago total de los adeudos devengados de una hipoteca.</p>
<p><strong>¿Cuáles son sus ventajas? </strong>En relación a una ejecución hipotecaria, como podría enseñarnos un <a href="http://cursos.es/economia" target="_blank">curso de economía</a>, todas. Con el embargo no sólo se pierde la casa, sino que se pone en riesgo el patrimonio restante del titular y de sus avales. La casa por sí misma no cubre el monto de una deuda hipotecaria, ni de los costos judiciales de una ejecución, y el banco puede demandar hasta el embargo del sueldo de titular y avales.</p>
<p><strong> ¿Cómo se logra que el banco acepte la dación en pago?</strong> Es algo difícil, pero no imposible. Es necesario que el banco comprenda que no podrá obtener su dinero de parte del titular, ya sea por</p>
<p><em>a)Bancarrota</em></p>
<p><em> </em></p>
<p><em>b)Que se va a vivir al extranjero</em></p>
<p><em> </em></p>
<p><em>c)Que ni él ni sus avales pueden asumir el pago total de la deuda</em></p>
<p><em> </em></p>
<p><em>d)Que el deudor se encuentra en el paro o sin nómina alguna</em></p>
<p><em> </em></p>
<p>Hay que exponer cualquiera de estas razones (o todas) al banco, de modo que sus responsables comprendan que no podrán obtener su dinero de no mediar un largo y costoso proceso judicial, y <strong>ofrecer como alternativa la entrega de la casa como devolución única y total.</strong></p>
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		<title>PSOE propone regular la dación en pago</title>
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		<pubDate>Sat, 15 Oct 2011 02:14:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La dación en pago es un mecanismo que opera en algunos países, como los Estados Unidos (si, ahí donde se inició la Crisis mundial con las hipotecas subprime). Se trata de una regulación en la que se establece que basta con entregar el bien inmueble adquirido a través de una hipoteca para que se consideren [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La dación en pago es un mecanismo que opera en algunos países,</strong> como los Estados Unidos (si, ahí donde se inició la Crisis mundial con las hipotecas subprime). Se trata de una regulación en la que se establece que b<strong>asta con entregar el bien inmueble adquirido a través de una hipoteca para que se consideren satisfechos los adeudos pendientes</strong>. Es decir: <strong>si usted no puede seguir pagando su hipoteca, basta con entregar la casa para que el banco le deje en paz.</strong></p>
<p><strong>¿Cómo funciona la dación en pago en los EE. UU.? </strong>La respuesta a esas y otras preguntas, en  los<a href="http://cursos.es/economia" target="_blank"> cursos de economía</a>.</p>
<p><strong>La dación en pago es algo que no se permite en España. </strong>Ante los abusos de los bancos (sus políticas de recuperación de saldos caídos, dicen ellos), se ha considerado incorporarla como parte de<strong> la nueva Ley Hipotecaria. </strong>Una iniciativa que, en su momento, hizo exclamar a varios miembros de la banc0 y las finanzas españolas que <strong>aplicar la dación en pago equivaldría a dinamitar el sistema crediticio español.</strong></p>
<p>Sin embargo,<strong> el día de ayer se difundió que entre las propuestas electorales del PSOE figura de nuevo la controvertida iniciativa:</strong> obligar a los bancos a ofrecer solamente productos hipotecarios en los que <strong>la garantía se limite al bien adquirido</strong>. Esto es: <em><strong>obligar desde el contrato mismo a que se aplique la dación en pago.</strong></em></p>
<p><strong>El PSOE parte para esta propuesta de una análisis de la situación actual de las familias sobreendeudadas </strong>debido a lo que considera <strong>cláusulas<em> &#8220;abusivas&#8221;</em> hipotecarias </strong>por parte de algunas entidades financieras, y bajo el entendido de que <strong>la ejecución hipotecaria, tal como se plica hoy en día, y donde la propiedad sólo cubre una parte de la deuda, hace imposible de aligerar la carga del deudor.</strong></p>
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		<title>¿No puedes pagar tu hipoteca? La ley de enjuiciamiento civil te protege</title>
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		<pubDate>Fri, 23 Sep 2011 23:17:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Si es tu caso que debido al desempleo o cualquier motivo personal, te has visto orillado a dejar de lado de lado las mensualidades de tu hipoteca, y al acudir al banco te han dicho que no de otra, que el único recurso que queda es la ejecución hipotecaria, no caigas en la desesperación: la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si es tu caso que debido al desempleo o cualquier motivo personal,<strong> te has visto orillado a dejar de lado de lado las mensualidades de tu hipoteca,</strong> y al acudir al banco te han dicho que no de otra, que<strong> el único recurso que queda es la ejecución hipotecaria</strong>, no caigas en la desesperación: <strong>la ley de enjuiciamiento civil te ampara.</strong></p>
<p>Eso sí: hay dos cosas importantes a tomar en cuenta. <strong>La primera es que tienes que pagar:</strong> la ley de Enjuiciamiento Civil te da un respiro al rehabilitar tu deuda, nada más. <strong>La segunda es que debes actuar lo más pronto posible.</strong></p>
<p><strong>La Ley de Enjuiciamiento Civil</strong> (L.E.C Ley 1/2000) en su <strong>artículo 693.</strong>3 concede <strong>el derecho, a consignar el capital principal, intereses, intereses de demora junto con las costas y gastos desde que se omitió de pagar, hasta incluso en el instante previo a la  subasta.</strong> Es decir: <em>rehabilita tu deuda,</em> y<strong> te permite pagar lo adeudado, y seguir pagando como venías haciendo, recuperando tu vivienda.</strong></p>
<p><em>(Si quiere conocer más detalles sobre el proceso de rehabilitación de deudas y hipotecas, así como de las costas por morosidad y sobre el proceso de ejecución hipotecaria, recurre a un buen <a href="http://cursos.es/economia" target="_blank">curso de economí</a>a.)</em></p>
<p><strong> La Ley de Enjuiciamiento Civil</strong> te permite rehabilitar la deuda s<strong>iempre que tu vivienda sea la habitual (no una segunda o tercera), y siempre que sea la primera vez que caes en morosidad y ejecución inmobiliaria. </strong></p>
<p><strong>En nuestro siguiente post </strong>te detallamos <strong>la manera en que debes proceder </strong>para hacer efectiva <strong>la protección de la Ley de Enjuiciamiento civil.</strong></p>
<p><strong>Continúa | ¿No puedes pagar tu hipoteca? Cómo proceder</strong></p>
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		<title>Elevan el límite de inembargalidad en caso de ejecución hipotecaria</title>
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		<pubDate>Tue, 12 Jul 2011 06:58:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La semana pasada se aprobó un Real Decreto Ley que impone medidas destinadas de protección social para aquellos afectados por una ejecución hipotecaria. La más importante de ellas: el aumento del monto que no puede embargarse del sueldo del deudor.
Hasta ahora, en el caso de que el moroso de una hipoteca no pudiera hacer frente [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La semana pasada se aprobó un<strong> Real Decreto Ley </strong>que impone <strong>medidas destinadas de protección social para aquellos afectados por una ejecución hipotecaria</strong>. La más importante de ellas: <strong>el aumento del monto que no puede embargarse del sueldo del deudor.</strong></p>
<p>Hasta ahora, e<strong>n el caso de que el moroso de una hipoteca no pudiera hacer frente a los pagos de su hipoteca, y el monto de la venta de su casa no fuese suficiente para cubrir su adeudo (los saldos vivos), la entidad financiera podía embargar el sueldo del deudor </strong>, siempre que dejase <strong>una cantidad libre.</strong> Este <strong>límite de inembargabilidad era hasta de un 110% del Salario Mínimo Interprofesional </strong>(SMI) (poco más de <strong>700 euros</strong>).</p>
<p><strong>El Decreto Real eleva ese límite de inembargabilidad hasta un 150% del SMI (961 euros).</strong></p>
<p>Esta nueva disposición también contempla variaciones al límite de inembargabilidad, como  cuando hay <strong>otros miembros de la familia sin ingresos, o con sueldo inferior al SMI,</strong> el límite<strong> se eleva en un 30% adicional por cada familiar </strong>en esa condición.</p>
<p><strong>Fuente |<a href="http://www.consumer.es/web/es/vivienda/2011/07/01/201783.php" target="_blank" rel="external nofollow"> Consumer</a></strong></p>
<p><strong>Imagen | <a href="http://trans-ser.com/?q=node/40" target="_blank" rel="external nofollow">Trans Ser</a></strong></p>
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		<title>Un subastero recomienda no dejar de pagar la hipoteca</title>
		<link>http://blogcreditos.com/un-subastero-recomienda-no-dejar-de-pagar-la-hipoteca/</link>
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		<pubDate>Fri, 04 Sep 2009 20:02:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En el blog Subastas Judiciales hay un consejo realmente muy valioso. Se trata de un sitio escrito por Tristan, un subastero, y su consejo es que, incluso en la coyuntura de la crisis actual, hay que pagar la hipoteca. O no dejar de pagarla la por las siguientes razones:



1. En España la deuda no termina [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify">En el blog<strong> Subastas Judiciales </strong>hay un consejo realmente muy valioso. Se trata de un sitio escrito por <strong>Tristan</strong>, un <strong>subastero</strong>, y su consejo es que, incluso en la coyuntura de la crisis actual, h<strong>ay que pagar la hipoteca. O no dejar de pagarla</strong> la por las siguientes razones:</p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: center"><img class="aligncenter size-full wp-image-677" src="http://www.blogcreditos.com/files/uploads/un-subastero-recomienda-no-dejar-de-pagar-la-hipoteca.jpg" alt="un-subastero-recomienda-no-dejar-de-pagar-la-hipoteca" width="202" height="175" /></p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify"><strong>1. En España la deuda no termina con apropiación de la vivienda</strong><br />
Las ejecuciones hipotecarias en España permiten al banco cobrar la diferencia entre el valor de la vivienda (tasada por el mismo banco y en un mercado a la baja) y el total de la hipoteca por lo medios que sean posibles, desde el remate de otros bienes hasta el embargo del sueldo y de los bienes presentes y futuros de los avalistas</p>
<p style="text-align: justify"><strong>2. Los intereses de demora.</strong><br />
Además de los intereses que genera la deuda, el banco cobra intereses por mora, que van de un 18  aun 29% del monto total de la deuda.</p>
<p style="text-align: justify"><strong>3. Las costas judiciales</strong><br />
Que corren a cargo del embargado.
</p>
<p style="text-align: justify">Tristan nos recuerdan que <strong>una hipoteca cae en morosidad  a partir de la tercera cuota impaga.</strong> Así que dejar de hacerlo no es la más feliz de las ideas.</p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify"><strong>Fuente | <a href="http://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/2009/09/dejo-de-pagar-la-hipoteca.html" target="_blank" rel="external nofollow">Subastas Judiciales</a></strong></p>
<p style="text-align: justify"><strong>Imagen |<a href="http://www.riesgoymorosidad.com/category/reclamacion-judicial/" target="_blank" rel="external nofollow"> Riesgo y Morosidad</a></strong></p>
]]></content:encoded>
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		</item>
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		<title>ADICAE agrupa a los afectados por el Euribor</title>
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		<pubDate>Wed, 18 Mar 2009 22:09:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de Españas (ADICAE) es una plataforma civil que agrupa a todo aquel que se sienta afectado en sus intereses y patrimonio por la prácticas del sector financiero. Desde su web es posible conocer y adherirse a sus iniciativas y proyectos. El más reciente, y que nos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.blogcreditos.com/files/uploads/adicae-agrupa-a-los-afectados-por-el-euribor.thumbnail.jpg" width="250" height="222" alt="Adicae Agrupa A Los Afectados Por El Euribor" align="right" /><strong>La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de Españas (ADICAE) </strong>es una plataforma civil que agrupa a todo aquel que se sienta afectado en sus intereses y patrimonio por la prácticas del sector financiero. Desde su web es posible conocer y adherirse a sus iniciativas y proyectos. El más reciente, y que nos parece muy necesario, es la<strong> Plataforma Hipotecaria.</strong></p>
<p><strong>La Plataforma Hipotecaria</strong> aglutina a familias que han visto sus ingresos, patrimonio y hogares sacudidos por los insólitos ajustes que el mercado hipotecario vine sufriendo desde el estallido de<strong> la crisis mundial</strong> en junio pasado.</p>
<p>La Plataforma Hipotecaria ofrece desde información para que cada titular <strong>calcule</strong> lo que pagará mensualmente por la hipoteca que está por contratar hasta asesoría para <strong>evitar la ejecución hipotecaria</strong> en caso de impagos.</p>
<p>Ahora mismo,<strong> ADICAE</strong> convoca a movilizaciones para exigir <strong>la suspensión temporalal Euribor</strong> como índice hipotecaria, tomando en su lugar el tipo del <strong>Banco Central Europeo, </strong>ante la ola de confusión e irregularidades que las fluctuaciones del índice están provocando<strong>.</strong></p>
<p>Las primeras movilizaciones se han llevado a cabo con éxito en La Coruña, Barcelona, Cáceres, Madrid, Mérida, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza</p>
<p>Para conocer estás y otras iniciativas de la plataforma,<strong> visita su sitio web.</strong></p>
<p><strong>Fuente | <a href="http://www.adicae.net/index.htm" rel="external nofollow">ADICAE </a></strong></p>
<p><strong>Imagen | <a href="http://www.elblogsalmon.com/tag/m3" rel="external nofollow">El blog Salmón </a></strong></p>
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		<title>No puedo pagar mi hipoteca: Qué puedo hacer</title>
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		<pubDate>Mon, 12 Jan 2009 18:39:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[1. Reacciona
Estar a punto de caer en la morosidad es aterrador, pero cualquier demora que tengas en lograr un acuerdo, te significará dinero o la posibilidad de caer en una ejeución hipotecaria.
2. Negocia con el banco
Evita que el banco tome tu casa como pago de la deuda, lo que parecería la mejor de las soluciones. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.blogcreditos.com/files/uploads/no-puedo-pagar-mi-hipoteca-que-puedo-hacer.jpg" alt="No Puedo Pagar Mi Hipoteca Que Puedo Hacer" align="right" width="195" height="251" /><em>1. Reacciona</em></p>
<p>Estar a punto de caer en la morosidad es aterrador, pero cualquier demora que tengas en lograr un acuerdo, te significará dinero o la posibilidad de caer en una <strong>ejeución hipotecaria.</strong></p>
<p><em>2. Negocia con el banco</em></p>
<p>Evita que el banco tome tu casa como pago de la deuda, lo que parecería la mejor de las soluciones. El banco no se puede quedar con la propiedad y buscaría vernderla lo más pronto posible en uan subasta, con lo que <strong>obtendría un valor por debajo del valor real de la casa</strong>, y por debajo de tu deuda.  <strong>Quedarías debiendo dinero al banco aún y cuando te quedases sin casa.</strong></p>
<p>Si tu mala situación financiera es pasajera, entonces negocia <strong>una breve suspensión de pagos</strong>. La mayor parte de las instituciones bancarias establece periodos de atraso desde la firma del contrato (entre<strong> 4 y 12 meses</strong> ), pero ante la situación del mercado y el incremento de la morosidad, ten por seguro que estarán por la vía de la negociación.</p>
<p><em>2. Refinancia tu deuda</em></p>
<p>Si tu situación económica de debe a la muerte de la pareja (o su desaparición) o perdiste el empleo, puedes acogerte a la <strong>refinanciación,</strong> con menos cuotas y con mayor plazo. Actualmente, tiende a volverse un trámite gratuito gracias a la intervención gubernamental.</p>
<p><em>3. Vende tu casa</em></p>
<p>Si tu situación no es temporal, lo mejor es que pongas tu casa en venta, y que de ese modo obtengas un precio más cercano a tu deuda. Por otra parte, si la casa está en venta, <strong>detienes la posibilidad de la ejecución inmobiliaria.</strong></p>
<p><strong>Fuente | <a href="http://www.creditomagazine.es/portada1.htm" rel="external nofollow">Crédito Magazine</a></strong></p>
<p><strong>Imagen | <a href="http://www.eleconomista.es/economia/noticias/127708/01/07/El-encarecimiento-de-la-vivienda-echa-el-freno-Madrid-y-Barcelona-ya-se-mueven-por-debajo-de-los-dos-digitos.html" rel="external nofollow">El Economista </a></strong></p>
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		<title>La ley hipotecaria favorece los embargos</title>
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		<pubDate>Fri, 23 May 2008 05:26:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<category><![CDATA[ley embargos]]></category>
		<category><![CDATA[reforma hipotecaria]]></category>

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		<description><![CDATA[Un eslabón más viene a complicar la vida a las familias que pagan hipotecas: la reforma de la ley hipotecaria que aún no cumple medio año, y ya es un dolor de cabeza. En particular por la cláusula que demanda la inclusión en el asiento  registral de las todas las condiciones de una hipoteca.
Antes [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.blogcreditos.com/files/uploads/3702_mortgage_foreclosure1.jpg" width="300" height="235" alt="702" align="left" />Un eslabón más viene a complicar la vida a las familias que pagan hipotecas: la reforma de la ley hipotecaria que aún no cumple medio año, y ya es un dolor de cabeza. En particular por la cláusula que demanda la inclusión en el asiento  registral de las todas las condiciones de una hipoteca.</p>
<p>Antes sólo se asentaban las condiciones inherentes a la hipoteca (o cláusula de trascendencia real). Ahora hay que detallar todas las condiciones, incluidas las cláusula personales, es decir: aquellas que pactan el banco y el deudor para el pago de la hipoteca.</p>
<p>¿En dónde está el agravante? En que si para la concesión de una hipoteca es necesaria la contratación de un seguro de vida, el impago de este seguro podría ser causal de embargo, aunque los pagos del crédito estén al día.</p>
<p>Ante esta reforma, lo recomendable es recibir la asesoría legal de registradores que informen sobre cláusula abusivas y las reporten ante un juez, para evitar ejecuciones de hipoteca sorpresa en el futuro debido a condiciones de contrato menores que oculten una intención confiscatoria.</p>
<p>Fuente | <a href="http://www.euribor.es/?cat=1&amp;paged=14">Euribor </a></p>
<p>Imagen  | <a href="http://www.tribunahispanausa.com/noticiastribunahispana.php?seccion=19" rel="external nofollow">Tribuna Hispana</a></p>
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		<title>¿Y si no pago mi hipoteca?</title>
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		<pubDate>Thu, 08 May 2008 06:24:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Oscar</dc:creator>
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		<description><![CDATA[¿Qué ocurre si caigo en la morosidad hipotecaria?
  1. Primeros 90 días  Puedes adeudar hasta tres meses sin entrar en mora. Sin embargo, desde el primer día en que caigas en impago el banco reclamará la cuota atrasada y puede reclamar ante el juez el embargo de tu casa o el pago total [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.blogcreditos.com/files/uploads/casacerrojo.gif" width="230" height="227" alt="Casacerrojo" align="right" /><em>¿Qué ocurre si caigo en la morosidad hipotecaria?</em></p>
<p> <strong> 1. Primeros 90 días</strong><br />  Puedes adeudar hasta<strong> tres meses</strong> sin entrar en mora. Sin embargo, <strong>desde el primer día en que caigas en impago el banco reclamará la cuota atrasada</strong> y puede reclamar ante el juez el embargo de tu casa o el pago total de la deuda.</p>
<p> <strong> 2. La negociación</strong><br />  El Banco buscará <strong>agotar todas las posibilidades antes de caer en la ejecución inmobiliaria</strong> (el proceso de embargo y venta del inmueble hipotecado para recuperar el parte o la totalidad de la deuda). En 2007 la morosidad no llegó al 0,70%, pues antes que una propiedad, <strong>el banco prefiere la refinanciación</strong> (ahora y por dos años gratuita por un convenio gubernamental) o <strong>una periodo de carencia</strong> (sin pago de mensualidades).</p>
<p> <strong> 3. La ejecución</strong><br />  Si no se logra un acuerdo entre cliente y banco, l<strong>a propiedad se embarga y entra a remate</strong>. Este proceso puede llevar hasta <strong>24 meses</strong>, periodo en que el deudor tiene la <em>gracia</em> de poder vivir en la casa. La propiedad puede o no ser adjudicada a un postor. De no serlo, pasa a ser propiedad del banco.</p>
<p> <strong> 4. Hasta las últimas consecuencias</strong><br />  Al firmar el contrato, <strong>el cliente se compromete a pagar el total de la deuda más intereses poniendo en ello bienes presentes y futuros, suyos y del aval</strong>. De modo que si (como ocurre la mayor parte de las veces) el costo de la casa no cubre el préstamo más los intereses y las costas judiciales, <strong>el banco puede embargar todo bien e ingreso del deudor y de su aval hasta cubrir la deuda</strong>.</p>
<p>  Ilustración | <a href="http://www.muchapasta.com/b/noticia/?cat=18&amp;paged=2" rel="external nofollow">Mucha Pasta</a></p>
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